Exequátur
Es el conjunto de reglas conforme a las cuales el ordenamiento jurídico de un Estado verifica si una sentencia judicial emanada de un tribunal de otro Estado reúne o no los requisitos que permiten reconocimiento u homologación.
La finalidad del reconocimiento internacional de fallos o sentencias extranjeras a través del procedimiento judicial de exequátur es garantizar la seguridad jurídica o cosa juzgada.
"El exequátur tiene por objeto convertir la sentencia extranjera en un título ejecutorio local, para lo cual se exige -entre otros recaudos- su compatibilidad con los principios de orden público del derecho argentino. En efecto, el artículo 517 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación sujeta el reconocimiento de la fuerza ejecutoria de una sentencia extranjera a que esta 'no afecte los principios de orden público del derecho argentino'; norma que no solo encuentra un correlato en la Convención de Nueva York de 1958, sino también 'en una abrumadora cantidad de convenios bilaterales e internacionales suscriptos por nuestro país, en concordancia con la gran mayoría de las legislaciones internas que supeditan el reconocimiento y la ejecución de las decisiones foráneas a la condición de que no afecten el orden público o las políticas públicas fundamentales de los respectivos países' (juez Rosatti)."

